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Jordi Riera

Técnico de PRL experto en Gestión de la Prevención

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La Coordinación de Actividades Empresariales en materia de prevención de riesgos laborales (conocida como CAE) se ha convertido preocupación para la gestión de la prevención en muchas organizaciones.

 

Encontramos esta coordinación cuando tenemos a personas trabajadoras de una entidad que tienen que realizar trabajos en un centro o instalaciones que tienen titularidad de otra entidad, incluso cuando éstas son del mismo grupo. Además, las exigencias de la CAE, establecidas en el Real Decreto 171/2004, son de obligado cumplimiento para todas las entidades, cooperativas, administraciones, fundaciones e incluso trabajadoras autónomas.

 

El objetivo final de la CAE es garantizar que todos los trabajos se realicen con todas las medidas de seguridad y que se eviten riesgos derivados de la concurrencia de actividades. Por eso se establecen unas medidas que, desgraciadamente en muchas ocasiones, se ven reducidas a un intercambio de documentación entre contratante y subcontratista.

 

Es en este punto cuando empiezan a aparecer los problemas. Por un lado, por el volumen de documentación generada, ya que en algunos casos será documentación que abastecerá a toda la entidad –como por ejemplo la modalidad preventiva o la evaluación de riesgos de la actividad contratada– pero en otros casos será individual –como las aptitudes médicas, los registros de formación y de entrega de EPIs u otros pagos de la seguridad social–. Esto hace que por una tarea donde tienen que intervenir tres personas tengamos en seguida un volumen de docenas de documentos.

 

Por otro lado, tenemos la gestión de todos estos documentos. Se debe establecer un criterio de validación y a alguien que tenga conocimientos específicos en prevención de riesgos laborales para que pueda dar el visto-bueno a la documentación que nos llegue de las entidades subcontratadas. Aunque el nombrado Real Decreto establece que la persona que se encarga de la coordinación de actividades tiene que disponer, como mínimo, de la titulación de técnica intermedia en prevención de riesgos laborales, la realidad es que esta tarea muchas veces acaba cayendo sobre personal administrativo, de compras o recepción, sin ninguna titulación específica en prevención de riesgos laborales.

 

Existen varias plataformas que nos ayudan en este proceso de gestión documenta, pero siempre hará falta una persona detrás que acabe considerando si la documentación presentada resulta pertinente. De aquí la importancia de la preparación de la “validadora” para que entienda la naturaleza, requerimiento legal y adecuación que hay detrás de cada papel.

 

Además, por si con todo esto la CAE no estuviera suficientemente estigmatizada, en demasiadas ocasiones vemos como se utiliza el argumento de la falta o la no-conformidad de algún documento para no permitir la entrada de trabajadoras a centros, o hasta para retrasar pagos una vez finalizados los trabajos.

 

Esta visión negativa de la CAE resulta injusta ya que el espíritu de la norma y su objetivo final no es otro que mejorar la seguridad y garantizar la salud de las personas. El pesado intercambio de documentación , que muchas veces se ve como un trámite, únicamente es una de las medidas que se tienen que tomar durante la coordinación. Pero no sirve de mucho si no va acompañada de reuniones, visitas a los lugares de trabajo y de una relación de confianza entre la entidad subcontratada y la contratante.

 

Por todo esto no tenemos que perder de vista que lo que intentamos con la CAE es mejorar la efectividad y la eficiencia de nuestro sistema de gestión preventiva, mejorando así la seguridad de las personas en el entorno laboral, y no únicamente un trámite que tenemos que cumplir para garantizarnos una cierta tranquilidad jurídica en caso de cualquier accidente.